Castelli suspende los eventos y espectáculos sociales y adhiere en forma parcial al Decreto Provincial
El Intendente Pio Sander firmó este viernes la adhesión en forma parcial al Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N°001/2021 relacionado con las medidas establecidas para evitar la propagación del COVID-19 en la población; e incorpora medidas de recomendaciones y restricciones en el ámbito del ejido municipal que tendrán vigencia desde el día 11 de enero y hasta el 21 de enero.
En este sentido, tal como lo había anticipado Sander en conferencia de prensa, se decidió ratificar las medidas de higiene y distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Incluye también las medidas en forma de recomendaciones que establecen evitar fumar en la vía pública cuando no existan dos metros de distancia entre personas, compartir utensilios, vasos y demás elementos, evitar el consumo compartido de alimentos, bebidas e infusiones (mate-tereré). También se ratifica el uso obligatorio de barbijos o tapabocas en la vía pública, oficinas, locales comerciales y en todo espacio de uso común.
La implementación de la alarma sanitaria entre el horario de 0 horas y las 6 horas de cada día. Durante dicho periodo, se prohíbe los desplazamientos y la circulación de bienes y personas, con exclusión de aquellos afectados al servicio de salud, seguridad o que cuenten con turno o permiso para circular.
Todas las actividades habilitadas deberán concluir su funcionamiento antes de dicho horario a fin de garantizar la fiscalización y control por parte de las autoridades policiales y municipales. Durante el periodo de vigencia de la alarma sanitaria, toda excepción de circulación debe encontrarse debidamente justificada.
USO DE ESPACIOS PÚBLICOS
Sólo se permitirá la permanencia en los espacios públicos hasta las 22 horas. En dichos espacios no se encuentran permitidos la realización de espectáculos públicos, ferias y actividades recreativas.
Con relación a las reuniones y encuentros, plantea que el contacto social debe limitarse a los grupos burbuja, es decir, a grupos de personas que se relacionan entre sí generando un espacio de confianza y seguridad; hallándose permitidas solamente hasta un máximo de diez (10) personas preferentemente pertenecientes al grupo familiar y/o convivientes.
EVENTOS SOCIALES
La normativa a nivel local establece que los eventos sociales y culturales quedan hasta el 21 de enero. Esto incluye todas las actividades “vinculadas a realización de eventos y reuniones sociales, culturales, recreativos, musicales, empresariales, en espacios abiertos, cerrados, públicos y/o privados”, remarca.
Con relación a las actividades de ejercicio físico – deportivas se encuentra permitido el desarrollo de deportes y/o actividades físicas, sin la concurrencia de público y/o espectadores, a los fines de evitar concentración de personas y aglomeramientos, desarrollándose los mismos en ámbitos abiertos y ventilados.
Las actividades desarrolladas en iglesias y templos se limitan al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad en cuanto a la asistencia de personas. Las mismas deberán respetar en todo momento las medidas de distanciamiento social y el uso obligatorio de barbijos o tapabocas. Dichos lugares deberán encontrarse abiertos y ventilados en forma constante.
Los locales y establecimientos comerciales podrán funcionar dentro de los horarios habilitados, hasta las 24 hs de cada día durante los días lunes, martes y miércoles y hasta las 2 hs los días jueves, viernes, sábado y domingo.
El desarrollo de sus actividades deberá respetar las medidas de bioseguridad, generales de higiene y de distanciamiento social, reducción de superficie, debiendo establecer horarios prioritarios y diferenciados de atención especial para personas mayores de 60 años y grupos de riesgo.