Qué pasa si no fui a votar: cómo justificarlo y de cuánto son las multas

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Si bien el voto es «obligatorio» según la Constitución Nacional, la pandemia obligó a un cambio de reglas. Las nuevas excepciones a raíz del Covid-19 y nuevos protocolos para votar.

Argentina celebró este 12 de septiembre las primeras elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y en el contexto de la pandemia de Covid-19 hubo nuevas excepciones contempladas para justificar la ausencia del voto.

Si bien el voto es «obligatorio» según la Constitución Nacional, hay situaciones en las que se puede justificar la falta del sufragio. Las dos más tradicionales son que por motivos de fuerza mayor se esté lejos del lugar donde se debía emitir el voto según el padrón electoral y por enfermedad.

Ambas necesitan de un certificado que lo acredite y sea presentado antes de los 60 días pasados la elección. Puede ser la denuncia en la comisaría más cercana para probar que se estaba a más de 500 kilómetros o puede ser un certificado médico. Sin embargo, el coronavirus ahora también es un nuevo motivo por el cual se puede faltar sin pagar una multa.

Es que la Cámara Nacional Electoral ahora exceptuó de votar a quienes tengan Covid-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. Siempre se deberá acompañar un certificado que lo acredite.

Asimismo, también podrán omitir el voto quienes hayan recibido la noticia de un contacto estrecho o presenten un síntoma en el momento en el que están en el lugar donde debían votar. No obstante, vale aclarar que si desean votar igual, pueden hacerlo sin impedimentos, con el compromiso de que las autoridades garanticen condiciones sanitarias según los protocolos.

Por otro lado, quienes se encuentren trabajando, tienen el derecho de pedirle a sus empleadores un permiso para ir a emitir su voto y sin descuentos sobre su salario por ello.

También pueden elegir si votar o no quienes tengan 16 o 17 años y los mayores de 70.

Quienes no puedan acreditar la ausencia por motivos razonables o de salud, deberán pagar una multa de $50 por las PASO del 12 de septiembre y de $100 por las elecciones generales del 14 de noviembre. De no pagarlas, serán infractores que no podrán ejercer un cargo público ni obtener un pasaporte por un año, entre otros trámites.

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